Las instalaciones de los puntos de recarga de vehículos eléctricos están regidas por la Instrucción Técnica Complementaria ITC-BT-52 del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT2002).
En base a dicho Reglamento para el diseño de la instalación del punto de recarga se habrá de tener en cuenta diferentes variables. Entre ellas está si el punto de recarga se ha de instalar en un garaje comunitario, estacionamiento público o vivienda unifamiliar, punto de conexión del suministro, potencia contratada, instalación de enlace de la comunidad de propietarios, modelo de conector del vehículo, recarga a la que va a someter el mismo y resto de variables que nos harán diseñar una correcta instalación.
Así, el equipo técnico de Electrónica Cartaya de Alcorcón, Madrid:
* Realiza el diseño inicial de toda la instalación.
* Ejecuta y pone en marcha el punto de suministro.
* Entrega al cliente el certificado eléctrico imprescindible para la legalización del punto de recarga.
Reformas eléctricas